Nueva Ley para el fomento del trabajo autonomo

La Comisión de Empleo del Senado aprobó el pasado 25 de agosto la Ley para el Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social. Esta ley era algo demandado desde las asociaciones de autonomos, ya que presenta importantes novedades para facilitar

las cosas a los autónomos. A falta de saber cuando se publicará en el BOE, para ver cuando sera efectiva, recoge entre otras las siguientes medidas:

  1. Los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la tarifa plana para autónomos en su cuota de la Seguridad Social.
  1. Revisión tarifa plana: La cuota por contingencias comunes de esta tarifa plana se fija en 50 euros exactos.
  1. Compatibilidad del paro con ser autónomo: los autónomos de cualquier edad podrán compatibilizar trabajar y cobrar el paro a la vez durante nueve meses y no sólo los menores de treinta años como hasta ahora.
  1. Segunda oportunidad para parados que emprendan: los desempleados que estén cobrando el paro y emprendan como autónomos podrán solicitar la reanudación del cobro de la prestación por desempleo hasta cinco años después de haber iniciado su actividad, en lugar de sólo dos años como hasta ahora. Aunque a partir de los dos años deberá acreditar causas económicas u organizativas.
  1. Capitalización del desempleo: La novedad más importante que introduce la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo es la posibilidad de dedicar el 100% de la capitalizacion del desempleo a la inversión inicial, independientemente de la edad.
  1. Más novedades en la capitalización: se podrá realizar también una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación (siempre y cuando se tenga el control efectivo de la empresa ) y utilizar la capitalización para cubrir los gastos de constitución así como para adquirir servicios específicos de asesoramiento, formación e información.
  1. Bonificaciones autónomos colaboradores: Se amplía el incentivo para el alta en la afiliación de nuevos familiares colaboradores hasta 24 meses desde los 18 actuales. Eso sí, la bonificación en estos 6 meses adicionales será de sólo el 25%.
  1. Apoyo a la conciliación de los autónomos dependientes (Trade): se refuerza su protección en casos de maternidad o paternidad o de cuidado de menores de siete años, permitiendo que contraten a un autónomo que les sustituya y bonificando con hasta el 100% su cuota de autónomos.